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Documento BOE-A-1997-23419

Resolución de 15 de octubre de 1997, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictada en el recurso contencioso-administrativo número 162/1995, interpuesto por don Anselmo García Marcos.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 1997, páginas 31918 a 31918 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1997-23419

TEXTO ORIGINAL

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso número 162/1995, interpuesto por don Anselmo García Marcos, contra resolución de 8 de noviembre de 1994, del Subdirector general de Personal, dictada por delegación del Subsecretario del Departamento, desestimatoria de su solicitud de que le fueran concedidos los beneficios establecidos en el artículo 33.1 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y le fuera reconocido el grado personal correspondiente por el desempeño durante dos años continuados del puesto de trabajo de Jefe de Servicios del Establecimiento Penitenciario de Oviedo, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia de 3 de abril de 1997, cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que no procede admitir el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Anselmo García Marcos contra la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia e Interior de fecha 8 de noviembre de 1994, que desestimó su petición de aplicación de los beneficios establecidos en el artículo 33.1 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, quedando, por tanto, la pretensión imprejuzgada. No procede hacer condena en costas.»

En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.

Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid 15 de octubre de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.

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