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Documento BOE-A-1997-23467

Resolución de 30 de septiembre de 1997, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el Registro del siguiente producto, fabricado por «Llamas, Sociedad Anónima»: Envase metálico ligero tapa móvil, marca y modelo «Llamas, Sociedad Anónima», 240BBT0S, para el transporte de mercancías peligrosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 1997, páginas 31962 a 31963 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1997-23467

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Llamas, Sociedad Anónima», con domicilio social en calle Coll i Pujol, números 90-112, municipio de Badalona (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto, fabricado por «Llamas, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Badalona: Envase metálico ligero tapa móvil, marca y modelo «Llamas, Sociedad Anónima», 240BBT0S, para el transporte de mercancías peligrosas.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave BB.VC.12208/97-2, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,

He resuelto:

Homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción M-137, y definir, por último, como características técnicas para cada marca/s y modelo/s registrado/s las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Llamas, Sociedad Anónima», 240BBT0S.

Características:

Envase metálico ligero tapa móvil.

Material: Hojalata electrolítica s/UNE 36.138-92.

Dimensiones (mm):

Diámetro / Altura / Espesor / Capacidad nominal (l)

240 / 212 / 0,3 / 7

240 / 230 / 0,3 / 8

240 / 253 / 0,3 / 9

240 / 276 / 0,3 / 10

240 / 312 / 0,3 / 11

Cierre tapa de orejas con junta esponjosa con máquina de cerrar con pinzas.

Código: ADR/RID/0A2/Z peso bruto/S/97/M-137/«Llamas, S. A.».

Productos autorizados a transportar por carretera (TPC-ADR), ferrocarril (RID-TPF):

Las materias que pueden ser envasadas y transportadas en estos modelos de envase son todas aquellas con una densidad relativa máxima de 1,2 g/cm para III y una viscosidad, a 23o C, superior a 200 mm/s; y puedan ser transportadas en envases metálicos ligeros de las clases siguientes:

Clase 3: Las de los apartados 5.o c), 31.o c), 32.o c), 33.o c), 34.o c) del marginal 2301 del ADR.

Clase 4.1: Las clasificadas en c) de los apartados 1.o al 17.o del margi nal 2401 del ADR.

Clase 4.2: Las clasificadas en c) de los diferentes apartados del margi nal 2431 del ADR.

Clase 4.3: Las clasificadas en c) de los diferentes apartados del margi nal 2471 del ADR.

Clase 5.1: Las clasificadas en c) de los diferentes apartados del margi nal 2501 del ADR.

Clase 6.1: Las materias tóxicas y sus mezclas clasificadas en c) de los diferentes apartados del marginal 2601 del ADR.

Clase 8: Las clasificadas en c) de los diferentes apartados del margi- nal 2801 del ADR, excepto las del 61.o c).

Clase 9: Las clasificadas en c) de los diferentes apartados del margi- nal 2901 del ADR.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31, modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas; por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes del 30 de septiembre de 1999 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 30 de septiembre de 1997.-El Director general, P. O. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre de 1996), el Jefe del Servicio de Automóviles y Productos Industriales, Joan Pau Clar Guevara.

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