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Examinados los expedientes promovidos por la Subdirección Territorial Madrid-Este y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, así como por la Subdirección Territorial de Madrid-Sur y el Ayuntamiento de Alcorcón, en solicitud de que se autorice, respectivamente, a la Escuela Municipal de Adultos de Alcalá de Henares y a la Escuela Municipal «Valle Inclán» de Alcorcón para impartir enseñanzas de educación de personas adultas, equivalentes al nivel de Educación Secundaria, que faculten para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria.
Resultando que los expedientes han sido debidamente tramitados por las Subdirecciones Territoriales de Madrid-Este, el de Alcalá de Henares, y de Madrid-Sur, el de Alcorcón, con propuesta favorable de autorización en cada caso, a las que se unen los informes favorables de los correspondientes Servicios de Inspección Técnica de Educación y de las Unidades Técnicas de Construcción,
Vistas las Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo,
Considerando que los Centros cuya autorización se solicita reúnen los requisitos exigidos por las disposiciones en vigor y pueden atender demandas formativas de este nivel educativo que existen en la zona,
Este Ministerio ha resuelto conceder autorización para impartir las enseñanzas equivalentes al nivel de Educación Secundaria para personas adultas, que faculten para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria, a los siguientes Centros:
Escuela Municipal de Adultos de Alcalá de Henares, con domicilio en calle Diego López Zúñiga, sin número, 28802, Alcalá de Henares, cuyo titular es el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.
Escuela Municipal de Adultos «Valle Inclán» de Alcorcón, con domicilio en calle Olímpico Fernández Ochoa, sin número, cuyo titular es el Ayuntamiento de Alcorcón.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, previa preceptiva comunicación a este Ministerio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmos. Sres. Secretario general de Educación y Formación Profesional y Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa.
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