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Documento BOE-A-1997-24031

Orden de 30 de octubre de 1997 por la que se resuelve la convocatoria de 18 de julio de 1997 para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los grupos B y C vacantes en el Organismo Autónomo Correos y Telégrafos.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 1997, páginas 32836 a 32864 (29 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1997-24031

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 18 de julio de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 24) se convocó concurso específico (4/1997) para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los grupos B y C vacantes en el Organismo Autónomo Correos y Telégrafos.

Vistas las solicitudes presentadas y valorados los méritos alegados por los concursantes.

Este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en la base décima.1 de la convocatoria, ha dispuesto:

Primero.-Adjudicar los destinos que se relacionan en el anexo I a los funcionarios que se especifican, declarando desiertos los puestos que igualmente se detallan.

Segundo.-Declarar asimismo desiertos los puestos de trabajo que a continuación se detallan por los motivos que para cada uno de ellos se indican:

Jefe de Correos y Telégrafos de la Oficina Móvil Urbana número 4, de Baleares, por estar cubierto.

Jefe Correos y Telégrafos de la Sucursal Tipo C número 63, de Madrid, por estar prevista su supresión.

Tercero.-Los interesados deberán tomar posesión del nuevo destino obtenido en el plazo de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la publicación de la presente Orden.

El cómputo del plazo para el cese no se iniciará mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, de acuerdo con la base décima.2 de la convocatoria.

Cuarto.-Contra la presente Orden podrá interponerse, previa comunicación a esta Secretaría, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el órgano competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 30 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 1 de junio), el Secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.

Ilmo. Sr. Director general del Organismo Autónomo Correos y Telégrafos.

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