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En el recurso de apelación número 10.512/1991, interpuesto ante el Tribunal Supremo por la representación procesal del Ayuntamiento de Vilaboa (Pontevedra), contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) de la Audiencia Nacional, de fecha 27 de mayo de 1991, desestimatoria del recurso contencioso-administrativo número 17.847/1987, deducido contra la Orden del antiguo Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, de 29 de enero de 1987, ratificada en reposición en 30 de julio de 1987, relativa a denegación de ampliación y cambio de destino de concesión otorgada a la Corporación Local apelante, en la marisma denominada «Riomayor»; en fecha 24 de marzo de 1997, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:
Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de Vilaboa, contra la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 27 de mayo de 1991, dictada en el recurso 17.847/1987, la cual confirmamos; sin hacer expresa declaración sobre costas procesales.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 23 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Costas.
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