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Documento BOE-A-1997-24760

Orden de 3 de noviembre de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 819/1994, promovido por doña Ana Calderón Mediavilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 1997, páginas 33968 a 33969 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-24760

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 18 de enero de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 819/1994, en el que son partes, de una, como demandante, doña Ana Calderón Mediavilla, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 9 de marzo de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 7 de diciembre de 1993, sobre ayuda de estudios.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Ana Calderón Mediavilla, funcionaria de MUFACE, contra las resoluciones de MUFACE de 7 de diciembre de 1993 y del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 9 de marzo de 1994, y por las que se le comunica que no le corresponde percibir el importe de una beca de estudio, y se le exige el reintegro de 50.000 pesetas, importe de la misma ya percibido; resoluciones que se declaran nulas de pleno derecho por haberse prescindido total y absolutamente en el trámite de las mismas del procedimiento legalmente establecido.

No se hace expresa imposición de las costas procesales causadas en este recurso.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 3 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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