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Documento BOE-A-1997-24832

Orden de 3 de octubre de 1997 por la que se acepta el legado hecho al Estado por doña Luisa Fidalgo Morales, de la obra titulada «Don Antonio Fidalgo Sánchez Ocaña».

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 1997, páginas 34103 a 34104 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-24832

TEXTO ORIGINAL

Doña Luisa Fidalgo Morales, fallecida recientemente en Salamanca, otorgó testamento abierto en esta ciudad el 13 de septiembre de 1996, ante el Notario del Ilustre Colegio de Valladolid don Aníbal Gallego García, con el número 2047 de su protocolo, en cuya disposición tercera, aparta do e), establecía a favor del Estado Español el legado del retrato de «Don Antonio Fidalgo Sánchez Ocaña», propiedad de la testadora, pintado por don José María López Mezquita, con la indicación expresa de que el mismo debería ser destinado y exhibido en la Dirección General de lo Contencioso del Estado y del Cuerpo de Abogados del Estado, actual Dirección General del Servicio Jurídico del Estado, organismo éste que tiene manifestado su interés por el citado legado ante este Departamento.

La disposición adicional octava de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, establece que la aceptación de donaciones, herencias o legados a favor del Estado, aunque se señale como beneficiario a algún otro órgano de la Administración, relativos a toda clase de bienes que constituyan expresión o testimonio de la creación humana y tengan un valor cultural, bien sea de carácter histórico, artístico, científico y técnico, corresponderá al Ministerio de Educación y Cultura, entendiéndose aceptada la herencia a beneficio de inventario,

En su virtud, este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Aceptar el legado testamentario dispuesto por doña Luisa Fidalgo Morales.

Segundo.-Adoptar las medidas que resulten procedentes para cumplir la voluntad de doña Luisa Fidalgo Morales y en especial para que el cuadro sea ubicado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado (Sucesora, a partir del Real Decreto 850/1985, de 5 de junio, de la anterior Dirección General de lo Contencioso del Estado) con dignidad análoga a la que tiene en la propia dirección otro retrato del mismo señor y pintado por el mismo pintor con el uniforme de Abogado del Estado, según los expresos y concretos deseos de la testadora.

Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de octubre de 1997.

AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura e Ilmos. Sres. Subsecretario y Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales.

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