Primero.-Por Acuerdo de 2 de julio de 1997, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, resultó desestimada la solicitud de don Mario Moral Abad, en la que interesaba desarrollar en forma escrita los ejercicios de que constan las pruebas selectivas para ingreso en la Carrera Judicial, convocadas por Acuerdo del Pleno del mismo Consejo, de fecha 26 de noviembre de 1996, debido a su trastorno en la fluidez normal del habla o comunicación verbal.
Contra este Acuerdo se interpuso por don Mario Moral Abad recurso contencioso-administrativo, ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Séptima), que ha requerido al Consejo General del Poder Judicial la remisión del oportuno expediente administrativo, con emplazamiento de todos los interesados en el mantenimiento de la resolución recurrida.
Segundo.-En cumplimiento de lo ordenado por la Sala, la Comisión Permanente del mismo Consejo, en su reunión de 20 de noviembre de 1997, ha dispuesto la inserción del presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», para que sirva de emplazamiento a todos los interesados, quienes podrán comparecer dentro del plazo de cinco días en el mencionado recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona.
Madrid, 20 de noviembre de 1997.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
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