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Documento BOE-A-1997-25098

Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el recurso contencioso-administrativo número 2.265/1994, promovido por don Jesús Fernández Santín.

Publicado en:
«BOE» núm. 282, de 25 de noviembre de 1997, páginas 34650 a 34651 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-25098

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado sentencia, con fecha 30 de abril de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 2.265/1994, en el que son partes, de una, como demandante, don Jesús Fernández Santín, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio de Administraciones Públicas de fecha 6 de septiembre de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 21 de abril de 1994, sobre baja en la percepción del subsidio por invalidez provisional.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 2.265/1994, promovido por don Jesús Fernández Santín, representado por el Letrado don Josep María Gasch i Riudor, contra el Ministerio de Administraciones Públicas, representado por el Abogado del Estado, en impugnación del acuerdo de 21 de abril de 1994, del Director del Servicio Provincial de la MUFACE y de la Resolución de fecha 6 de septiembre de 1994, del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas, y declaramos los actos recurridos conformes a Derecho, con el fundamento que se expresa en la presente Resolución, y sin hacer especial declaración en materia de costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 7 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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