Examinado el expediente relativo al centro privado de Bachillerato «San Agustín», sito en la calle Alberite, números 104-122, de Logroño (La Rioja), que, de hecho, ha cesado en sus actividades académicas,
Este Ministerio ha dispuesto aprobar, de oficio, la extinción de la autorización del centro privado que se relaciona a continuación, por no ejercer la actividad docente para la que fue autorizado:
Provincia: La Rioja.
Municipio: Logroño.
Localidad: Logroño.
Denominación: «San Agustín».
Domicilio: Calle Alberite, números 104-122.
Titular: Congregación de Agustinos Recoletos.
Se procede a la extinción de la autorización del centro de Bachillerato, anulándose a partir de este momento su inscripción en el Registro de Centros. Asimismo, queda nula y sin ningún valor la Orden que autorizó el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a los preceptos de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación y disposiciones complementarias en materia de autorización de centros.
Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 31 de octubre de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid