Visto el expediente de indulto de don Alberto Sidera Rojas, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de fecha 25 de octubre de 1996, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 9.000 pesetas, con la accesoria de inhabilitación especial para sufragio pasivo durante la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de noviembre de 1997,
Vengo en conmutar a don Alberto Sidera Rojas la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 7 de noviembre de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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