En el recurso contencioso-administrativo número 1.629/1995, referente al expediente de marca número 1.697.926/5, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Roca Radiadores, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de abril y 12 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 1 de julio de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso promovido por la entidad mercantil compañía "Roca Radiadores, Sociedad Anónima", contra los acuerdos de 5 de abril y 12 de julio de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas; rechazando los pedimentos de la demanda. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S. Madrid, 15 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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