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La experiencia acumulada desde que se reorganizó la Fuerza Terrestre y la necesidad de dar el máximo aprovechamiento a los recursos de infraestructura existentes aconsejan modificar la estructura y el despliegue de determinadas Unidades.
El Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de agosto de 1994, publicado por Orden 84/1994, de 5 de septiembre, por el que se establecen la entidad, estructura y despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra y se aprueba el programa de transición para su implantación, en su apartado undécimo, autoriza al Ministro de Defensa a introducir modificaciones en la estructura y el despliegue de la Fuerza Terrestre y a regular el ritmo de aplicación en función de lo que la experiencia o determinadas circunstancias aconsejen.
En su virtud, dispongo:
Primero.-Se modifica la estructura, el despliegue y traslados que figuran en el cuerpo y anexos I, II y IV del Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de agosto de 1994, publicado por Orden 84/1994, de 5 de septiembre, modificado por la Orden 146/1995, de 17 de noviembre, en el sentido que se indica en los apartados siguientes.
Segundo.-Se modifica la estructura de la Fuerza de Acción Rápida en el sentido de que el Grupo de Lanzamiento y Aerotransporte (Torrejón de Ardoz-Madrid) pasará de formar parte del Núcleo de Apoyo a la FAR a integrarse en la Brigada Paracaidista.
Tercero.-Se suspende, hasta nueva orden, el previsto traslado del Regimiento de Caballería Ligero Acorazado 14 a Castrillo del Val (Burgos), permaneciendo en su actual acuartelamiento de Pozuelo de Alarcón (Madrid).
Madrid, 26 de noviembre de 1997.
SERRA REXACH
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