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Documento BOE-A-1997-25987

Orden de 24 de septiembre de 1997 por la que se establece la composición de las plantillas de Maestros de determinados centros de educación de personas adultas afectados por desgloses.

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1997, páginas 35740 a 35741 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-25987

TEXTO ORIGINAL

Por Real Decreto 1262/1991, de 26 de julio, se creó el centro público de educación de personas adultas «Polígono», por desglose del «Gustavo Adolfo Bécquer», ambos de Toledo, y por Real Decreto 1978/1994, de 30 de septiembre, se crearon el centro público de educación de personas adultas «San Bruno», por desglose del «Victoriano Cremer», ambos de Burgos, y los de Puente Tocinos y Murcia, actualmente denominado «Infante», por desglose del «García Alix», los tres de Murcia.

Por Real Decreto 1310/1997, de 24 de julio, se han complementado los Reales Decretos antes citados, declarándose explícitamente la circunstancia de que los centros de educación de personas adultas creados en virtud de estos últimos, procedían del desglose de los preexistentes.

Es necesario, por tanto, proceder a la adecuación y determinación de las correspondientes plantillas, así como a la integración, en su caso, del profesorado correspondiente.

Por ello este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Se modifica la composición de las plantillas de Maestros de los centros públicos de educación de personas adultas «Gustavo Adolfo Bécquer» de Toledo, «Victoriano Cremer» de Burgos y «García Alix» de Murcia, con la composición que se indica en el anexo I de la presente Orden.

Segundo.-Se establece la composición de las plantillas de Maestros de los centros públicos de educación de personas adultas creados por desglose, «Polígono» de Toledo, «San Bruno» de Burgos, y los de Puente Tocinos e «Infante», ambos de Murcia, según anexo II de la presente Orden.

Tercero.-1.o Las correspondientes Direcciones Provinciales aplicarán en los centros públicos de educación de personas adultas «Gustavo Adolfo Bécquer» de Toledo, «Victoriano Cremer» de Burgos y «García Alix» de Murcia, lo establecido en la Orden de 1 de junio de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 9) sobre desplazamiento de Maestros en centros públicos de Preescolar y Educación General Básica y Educación Especial, como consecuencia de la supresión o modificación de puestos de trabajo docente, al objeto de determinar qué Maestros han de ser desplazados y adscribirá a éstos, según sus solicitudes a los puestos de trabajo de los centros creados por desglose, señalados en el anexo II de la presente Orden.

2.o El criterio para establecer el orden de prioridad para determinar los desplazamientos será el de mayor antigüedad en el centro. En caso de igualdad en la antigüedad decidirá el mayor tiempo de servicios efectivos como funcionario de carrera en el Cuerpo de Maestros, la promoción de ingreso más antigua y, dentro de ésta, el número más bajo obtenido en ella.

3.o Cuando el número de solicitudes de desplazamiento sea inferior al número de puestos a suprimir se atenderá en primer lugar a las peticiones voluntarias de desplazamiento con el criterio de prioridad establecido en el anterior número segundo y, a continuación se acudirá al desplazamiento forzoso por orden inverso al establecido en dicho número segundo, es decir, menor antigüedad como definitivo en el centro, menor tiempo de servicios efectivos como funcionarios de carrera en el Cuerpo de Maestros, promoción más reciente de ingreso en el Cuerpo y, por último, número más alto obtenido en ella.

4.o A los efectos de antigüedad en el centro, los Maestros que obtengan nueva adscripción conservarán la referida a su centro de origen.

Cuarto.-Los Maestros que resulten desplazados del centro, bien lo sean con carácter voluntario o forzoso y que obtuvieron destino a través de los concursos convocados por Órdenes de 21 de enero de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 28), 17 de octubre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 28) y 6 de noviembre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» del 14), podrán acogerse a los derechos que se reconoce a los Maestros cuyo puesto de trabajo queda suprimido en los Reales Decretos 895/1989, de 14 de julio; 1664/1991, de 8 de noviembre, y 1774/1994, de 5 de agosto.

Los Maestros que resulten desplazados del centro, bien los sean con carácter voluntario o forzoso, y que obtuvieron destino por el procedimiento establecido en la Orden de 23 de noviembre de 1981 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de diciembre) y Resolución de 25 de febrero de 1982 («Boletín Oficial del Ministerio de Educación y Cultura» de 15 de marzo), tendrán derecho a lo establecido en los artículos 18, 25 y 26 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, modificado por el Real Decreto 1664/1991, de 8 de noviembre, y por el Real Decreto 1774/1994, de 5 de agosto.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la Ley 10/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de septiembre de 1997.

AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

Ilmos. Sres. Directores generales de Formación Profesional y Promoción Educativa, de Coordinación y de la Alta Inspección y de Centros Escolares.

ANEXO I

Localidad / Carácter / Maestros

Provincia: Burgos

CEA «Victoriano Cremer». Código: 09001131. Localidad: Burgos. Domicilio: Calle Sanz Pastor, 20. Actuaciones realizadas: Se suprimen seis dotaciones de carácter ordinario. / Situación anterior Ordinario.

Situación que se propone Ordinario. / 16

10

Provincia: Murcia

CEA «García Alix». Código: 30008091. Localidad: Murcia. Domicilio: Plaza Pou, 2. Actuaciones realizadas: Se suprimen tres dotaciones de carácter ordinario, seis de carácter itinerante y tres de carácter penitenciario. / Situación anterior Ordinario.

Itinerante.

Penitenciario. / 10

6

3

Situación que se propone Ordinario. / 7

Itinerante. / 0

Penitenciario. / 0

Provincia: Toledo

CEA «Gustavo Adolfo Bécquer». Código: 45004946. Localidad: Toledo. Domicilio: Cervantes, sin número. Actuaciones realizadas: Se suprimen cinco dotaciones de carácter ordinario. / Situación anterior Ordinario.

Situación que se propone Ordinario. / 12

7

ANEXO II

Localidad / Carácter / Maestros

Provincia: Burgos

CEA «San Bruno». Código: 09008858. Localidad: Burgos. Domicilio: Calle San Bruno, sin número. Actuaciones realizadas: Se crean seis dotaciones de carácter ordinario por desglose del CEA «Victoriano Cremer». / Situación que se propone Ordinario. / 6

Provincia: Murcia

CEA «Infante». Código: 30012574. Localidad: Murcia. Domicilio: Alberto Sevilla, sin número. Actuaciones realizadas: Se crean tres dotaciones con carácter ordinario y cinco con carácter itinerante, por desglose del CEA «García Alix». / Situación que se propone Ordinario.

Itinerante. / 3

5

CEA «Puente Tocinos». Código: 30012586. Localidad: Puente Tocinos. Domicilio: Centro Cultural. Actuaciones realizadas: Se crean tres dotaciones de carácter itinerante, por desglose del CEA «García Alix». / Situación que se propone Itinerante. / 3

Provincia: Toledo

CEA «Polígono». Código: 45005641. Localidad: Toledo. Domicilio: Avenida de Guadarrama, sin número. Actuaciones realizadas: Se crean cinco dotaciones de carácter ordinario, por desglose del CEA «Gustavo Adolfo Bécquer». / Situación que se propone Ordinario. / 5

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