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Documento BOE-A-1997-25990

Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se concede la prórroga de autorización provisional, por un año, de las enseñanzas del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, al centro privado de Educación Primaria «Nuestra Señora de la Consolación», de Palma de Mallorca (Islas Baleares).

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 4 de diciembre de 1997, páginas 35742 a 35742 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-25990

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria segunda.3 de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo y la disposición transitoria séptima del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 26), establece que los centros de Educación General Básica, con autorización o clasificación definitiva podrán ser autorizados provisionalmente, por necesidades de escolarización, para impartir el primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. La disposición transitoria séptima citada establece igualmente que esta autorización se otorgará por un año y se prorrogará año a año mientras se mantengan las necesidades de escolarización.

En aplicación de las normas mencionadas, por Orden de 7 de julio de 1995, se concedió la autorización provisional de impartición de las enseñanzas del primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria al centro privado de Educación Primaria «Nuestra Señora de la Consolación», de Palma de Mallorca (Islas Baleares), autorización que resulta necesario mantener al seguir existiendo las necesidades de escolarización que la motivaron.

Por todo lo cual, este Ministerio, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria séptima del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, ha dispuesto conceder la prórroga de autorización provisional, por un año, de las enseñanzas del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, al centro que se relaciona a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: «Nuestra Señora de la Consolación».

Titular: Congregación de Agustinas Hermanas del Amparo.

Domicilio: Plaza de la Parroquia, número 2, Sa Indioteria.

Localidad: Palma de Mallorca.

Municipio: Palma de Mallorca.

Provincia: Islas Baleares.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria, primer ciclo.

Capacidad: Dos unidades y 60 puestos escolares.

La presente autorización se notificará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

El centro autorizado queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de noviembre de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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