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Documento BOE-A-1997-26163

Resolución de 28 de octubre de 1997, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de Monumento, el inmueble correspondiente a las ruinas de la iglesia de San Martín Obispo, localizado en Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 291, de 5 de diciembre de 1997, páginas 35927 a 35930 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1997-26163

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos correspondientes,

Esta Dirección General de Cultura ha acordado:

Primero.-Incoar expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de Monumento, el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Cultura (plaza Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Cuenca que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble, o en su entorno, no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Cultura).

Quinto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados; así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Sexto.-Promover la publicación del presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a los efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 28 de octubre de 1997.-La Directora general, María de los Ángeles Díaz Vieco.

ANEXO

Descripción histórico-artística

La iglesia de San Martín Obispo era una iglesia románica; junto a las iglesias de San Miguel y San Nicolás, eran las únicas iglesias románicas que se conservaban en la ciudad de Cuenca y en las que había culto desde su construcción.

Respondería a los esquemas propios del Románico, de iglesia de pequeñas dimensiones, de una sola nave, sin sacristía, con vanos escasos y pequeños. En alguno de sus restos se adivina la incorporación de algunas formas del gótico: Así las arquerías del lado izquierdo de la nave son góticas; y el mismo ábside se puede calificar de protogótico.

Quedan restos de la transformación que sufrió en el siglo XVI; al estilo plateresco se adscriben la puerta abierta en el lado derecho del ábside y las medias columnas adosadas al muro, tanto en el exterior como en el interior de la iglesia. En ese siglo se levantó la torre y, probablemente, la capilla del lado izquierdo.

El ábside semicircular es de aparejo de sillería, con una banda marcando el arranque de la bóveda. En el centro hay un vano de medio punto tapiado, que formaría una estrecha aspillera hacia el exterior.

En el extremo derecho del ábside se conserva una portada lateral, de arco de medio punto bocelado, con baquetón de doble anillo con capitel y base cilíndrica moldurada, recubierto su tambor de glifos verticales muy unidos. Posiblemente esta portada fuese abierta en el siglo XVI. Hoy su mitad inferior está tapiada con parte de los sillares desprendidos, de tal modo que parece una ventana.

En el lado izquierdo del ábside hay una capillita rectangular, abovedada; se accede a ella por arco rebajado, flanqueado por dos medias columnas adosadas al muro.

A pesar de las sucesivas transformaciones que ha sufrido la iglesia, todavía sus ruinas conservan vestigios góticos en sus arcos apuntados del muro izquierdo, de los que sólo se conserva el arranque.

Al exterior, su ábside es exento y de superficie curva, estilizada por dos pilastras a las que se adosan medias columnas, muy bien labradas (aunque sólo se conserva completa una de ellas). En una de estas pilastras se aprecia una pequeña mensulilla con un escudo borrado.

La iglesia tenía una torre campanario, de base cuadrada y con tres pisos, dotada de muros espesísimos de mampostería, con sillares en las esquinas y ventanas con hueco por cada cara en el campanario. De ella hoy sólo queda la base.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a las ruinas de la iglesia de San Martín Obispo, localizado en Cuenca.

Área de protección

Vendría definida por:

Manzana: 43697, parcelas 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y 46 completas.

Manzana: 43704, parcelas 01, 02, 03 y 04 completas.

Manzana: 44706, parcela 01 completa.

Manzana: 44698, parcelas 01, 02 y 03 completas.

Manzana: 44697, parcelas 01, 02, 03, 04, 05 y 06 completas.

Manzana: 43692, parcelas 01, 02 y 03 completas.

Manzana: 44696, parcelas 04, 05, 03, 06, 02, 03 y 01 completas.

Manzana: 43680, parcela 01 completa.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de la citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Todo ello según plano adjunto.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad del Patrimonio Histórico sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considere susceptible de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

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