En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Rafael Hinojosa Bolívar, en nombre y representación de don Rafael y don Alberto Jesús Hinojosa Bolívar y la entidad «El Pedrocheño, Sociedad Anónima», contra la Administración del Estado, sobre indemnización por funcionamiento de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia con fecha 5 de abril de 1995, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Rafael y don Alberto Jesús Hinojosa Bolívar y "El Pedrocheño, Sociedad Anónima", contra resolución del Ministerio de Justicia, en 1 de agosto de 1991, que desestimó la reclamación de indemnización a cargo del Estado por el funcionamiento de la Administración de Justicia, por ser la misma, en los extremos examinados, conforme a Derecho.
Y todo ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgáni ca 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 30 de octubre de 1997.-P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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