Por la Inspección de la Dirección General de Seguros se han llevado a cabo actuaciones inspectoras ante la entidad «Asociación Dental Española, ADE, Sociedad Limitada», con arreglo a lo previsto en el artículo 72.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, para determinar si las operaciones que realiza están o no sujetas a la citada Ley.
Vista el acta de inspección de 15 de diciembre de 1995, y una vez examinadas las alegaciones de 30 de diciembre de 1995, la Dirección General de Seguros, antes de dictar la resolución que corresponda, ha acordado conceder a «Asociación Dental Española, ADE, Sociedad Limitada», un plazo de quince días para que presente las alegaciones y los documentos que estime pertinentes con arreglo a lo previsto en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, y para que, en todo caso, aporte las explicaciones y documentos que aclaren de forma indubitada las retribuciones que se estipulan en favor de los prestadores del servicio, cómo y por quién se abonan, y el importe a que ascienden, referido todo ello a 1995 y 1996.
Madrid, 29 de enero de 1997.-La Directora general, María del Pilar González de Frutos.
Sr. Representante legal de la entidad «Asociación Dental Española, ADE, Sociedad Limitada».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid