En el recurso contencioso-administrativo número 1286-93 , interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Banco Industrial de Guipúzcoa (Bankoa), contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de octubre de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 25 de marzo de 1993, se ha dictado, con fecha 30 de enero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Julia Corujo, en nombre y representación de la entidad mercantil Banco Industrial de Guipúzcoa (Bankoa), contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de octubre de 1991, confirmada en reposición por acuerdo del mismo órgano de fecha 25 de marzo de 1993, por las que se deniega el registro de la marca número 1.297.924 Gerokoa, cl. 36, debemos anular y anulamos las citadas resoluciones por no ser conformes a Derecho.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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