En el recurso contencioso-administrativo número 169/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Lacer, Sociedad Anónima», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 1 de septiembre de 1993 y 4 de octubre de 1994, se ha dictado, con fecha 7 de junio de 1997, por el citado Tribunal sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Lacer, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 4 de octubre de 1994, que rechazó petición de denegación de la marca internacional número 561.221 "TACTOK", para los productos de la clase 5.a, debemos declarar y declaramos conforme a Derecho la Resolución recurrida. No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de octubre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid