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En el recurso contencioso-administrativo número 388/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Ciba-Geigy AG., contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 1 de julio de 1994 y 31 de enero de 1995, se ha dictado, con fecha 19 de marzo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Ciba-Geigy AG., debemos revocar y revocamos las resoluciones recurridas, así como debemos ordenar y ordenamos a la Oficina Española de Patentes y Marcas a que dicte otra por la que se acuerde la inscripción y protección en España de la marca internacional número 589.282 "Revasc", a favor de la recurrente. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de noviembre de 1997.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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