Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 21 de octubre de 1996 por la Sección Novena de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 9/361/1996, promovido por don Carlos Sedano Hernández, contra Resolución presunta de este Ministerio desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Carlos Sedano Hernández, contra las Resoluciones administrativas a que estas actuaciones se contraen, declarando que las mismas son contrarias a Derecho, dejando sin efecto la sanción impuesta, con los efectos económicos inherentes a tal declaracion.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 20 de enero de 1997.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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