Visto el expediente de indulto de don Rubén Chacón Peña, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Las Palmas, en sentencia de fecha 9 de marzo de 1995, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de multa de 200.000 pesetas y privación del permiso de conducir durante cinco meses, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de noviembre de 1997,
Vengo en conmutar a don Rubén Chacón Peña la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de ciento veinte días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 2.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 1 de diciembre de 1997.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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