Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-27491

Orden de 21 de noviembre de 1997 por la que se autoriza definitivamente para la apertura y funcionamiento al centro privado de Educación Secundaria «Sant Armengol», de Andorra la Vella (Principado de Andorra).

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 1997, páginas 37499 a 37499 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-27491

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de don Antonio Villarubla Grau, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Secundaria «Sant Ermengol», sito en calle Roc de Sant Pere, sin número, de Andorra la Vella (Principado de Andorra), según lo dispuesto en el artículo 7.o del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 9), sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general,

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Autorizar, de acuerdo con el artículo 7.o del Real Decre to 332/1992, la apertura y funcionamiento del centro de Educación Secundaria «Sant Ermengol», de Andorra la Vella (Principado de Andorra), y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes en el mismo edificio o recinto escolar que se describe a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: «Sant Ermengol». Titular: Patronato Rector del Colegio Sant Ermengol. Domicilio: Calle Roc de Sant Pere, sin número. Localidad: Andorra la Vella. País: Principado de Andorra. Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, segundo ciclo. Capacidad: Seis unidades y 150 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: «Sant Ermengol». Titular: Patronato Rector del Colegio Sant Ermengol. Domicilio: Calle Roc de Sant Pere, sin número. Localidad: Andorra la Vella. País: Principado de Andorra. Enseñanzas a impartir: Educación Primaria. Capacidad: 12 unidades y 300 puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Sant Ermengol». Titular: Patronato Rector del Colegio Sant Ermengol. Domicilio: Calle Roc de Sant Pere, sin número. Localidad: Andorra la Vella. País: Principado de Andorra. Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Ocho unidades y 240 puestos escolares.

Segundo.-La presente autorización surtirá efecto progresivamente, a medida que se vayan implantando las enseñanzas autorizadas con arreglo al calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Tercero.-Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria la Consejería de Educación del Principado de Andorra aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.-Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto.-Contra la presente Orden el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 21 de noviembre de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid