Contingut no disponible en valencià
De conformidad con la Resolución de la Dirección General de Enseñanza Superior, de 21 de octubre de 1997, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia dictada en 12 de junio de 1997, por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso número 584/1994, interpuesto por la entidad Columbia College contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la solicitud formulada por la entidad interesada al Ministerio de Educación y Ciencia para que fuese autorizado el establecimiento de dicho centro educativo en España, al amparo del artículo 19 del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y centros universitarios,
Esta Dirección General ha dispuesto la publicación del acuerdo del fallo, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Fallamos: Desestimamos el caso de inadmisibilidad opuesto por el señor Abogado del Estado y, asimismo, desestimamos el recurso conten- cioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Columbia College, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la solicitud formulada al Ministro de Educación y Ciencia para que fuese autorizado el establecimiento de un centro universitario en España, que no supondría la expedición de títulos homologables, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y centros universitarios, cuyo acto desestimatorio confirmamos por ser ajustado a Derecho en los extremos examinados. Sin expresa imposición de costas.»
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 27 de noviembre de 1997.-El Director general, Tomás García-Cuenca Ariati.
Sr. Subdirector general de Régimen Jurídico y Coordinación Universitaria.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid