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Documento BOE-A-1997-2811

Resolución de 23 de diciembre de 1996, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se conceden y deniegan subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro, con implantación pluriprovincial en el territorio de gestión directa del Ministerio de Educación y Cultura, destinadas a la realización de actividades de educación y formación de adultos durante el curso 1996/1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 1997, páginas 4227 a 4227 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-2811

TEXTO ORIGINAL

Convocadas por Resolución de esta Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de fecha 6 de noviembre de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 13), subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro con implantación pluriprovincial en el territorio de gestión directa del Ministerio de Educación y Cultura destinadas a la realización de actividades de educación y formación de adultos durante el curso 1996/1997 y examinada la propuesta formulada por la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa,

Esta Secretaría General, de acuerdo con lo previsto en el apartado séptimo de la referida Resolución de 6 de noviembre de 1996, ha resuelto lo que sigue:

Primero.-Conceder a las entidades que se relacionan en el anexo I las subvenciones cuya cuantía se señala.

Segundo.-Desestimar las solicitudes de subvención que se detallan en el anexo II, por concurrir alguna de las causas que a continuación se relacionan:

1. Presentar la solicitud fuera de plazo. 2. No cumplir las condiciones establecidas en el apartado primero de la convocatoria.

3. No acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 4.º 4 de la convocatoria.

4. Presentar un proyecto que no responde en todo o en parte a las prioridades a que se refiere el apartado sexto de la convocatoria.

Tercero.-El importe de las subvenciones deberá destinarse íntegramente a la financión del coste de las actividades para las que se solicita su concesión.

Cuarto.-1. Las entidades beneficiarias, a efecto de justificar la correcta utilización de la subvención concedida, deberán presentar antes del día 30 de junio de 1997, la documentación a que hace referencia el apartado noveno de la ya mencionada convocatoria.

2. La Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa realizará las comprobaciones que estime pertinentes, para asegurar que los servicios se prestan conforme a los proyectos presentados.

Quinto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, previa la preceptiva comunicación a este Ministerio.

Madrid, 23 de diciembre de 1996.-El Secretario general, P. D. (Órdenes ministeriales de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2, y 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Director general de Formación Profesional y Promocion Educativa, Antonio Peleteiro Fernández.

Ilmo. Sr. Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa.

ANEXO I

Importe

-

Pesetas / Entidades

Madrid

Fundación Centros de Cultura Popular y Promoción Adultos / 5.000.000

Fundación ECCA / 15.000.000

Asociación Federación Española de Universidades Populares / 15.000.000

ANEXO II

Entidades / Causas de exclusión

Alicante

Federación Autonómica de Asociaciones Gitanas de la Comunidad Valenciana FAGA / Apartado 2.º, 4.

Burgos

Escuelas Campesinas Federación de Castilla y León / Apartado 2.º, 2 y 3.

Federación de Asociaciones de Padres y Amigos de los Sordos de Castilla y León. Proyecto Goya / Apartado 2.º, 2.

Federación de Asociaciones de Padres y Amigos de los Sordos de Castilla-León. Proyecto Ponce / Apartado 2.º, 2.

Cantabria

Fundación Centro de Solidaridad de Cantabria-Cescán. Proyecto Hombre / Apartado 2.º, 2.

La Coruña

Seminario Permanente de Educación para la Paz / Apartado 2.º, 1 y 2.

León

Centro de Cultura Popular y Promoción de Adultos / Apartado 2.º, 1, 2 y 3.

Madrid

Fundación Asistencial Mujeres / Apartado 2.º, 2 y 4.

FUDEN / Apartado 2.º, 2 y 4.

Asociación Secretariado Gitano / Apartado 2.º, 4.

Instituto de Formación y Estudios Sociales (IFES) / Apartado 2.º, 2.

Asociación Profesional de Peluqueros y Peluquerías de Señoras / Apartado 2.º, 2 y 4.

Centro de Enseñanza Hermo / Apartado 2.º, 2 y 3.

Asociación de Trabajadores Inmigrantes Marroquíes en España / Apartado 2.º, 3 y 4.

Misioneras del Divino Maestro / Apartado 2.º, 2.

Murcia

Centro de Adultos Divino Maestro / Apartado 2.º, 2 y 3.

Segovia

Religiosas de María Inmaculada / Apartado 2.º, 4.

Federación de Asociación de Mujeres Progresistas de Castilla y León / Apartado 2.º, 4.

Toledo

Federación de Asociación Pro Personas con Discapacidad de Castilla-La Mancha (FAPMAN) / Apartado 2.º, 2 y 4.

Asociación Protectora de Disminuidos de Quintanar de la Orden y Comarca / Apartado 2.º, 2.

Valladolid

Confederación de Centros de Desarrollo Rural (COCEDER) / Apartado 2.º, 4.

Asociación Castellano-Leonesa de Academias de Enseñanzas / Apartado 2.º, 2 y 4.

Sordos en Acción / Apartado 2.º, 2.

Federaciones de Asociaciones Gitanas de Castilla-León / Apartado 2.º, 2 y 4.

Cáritas Diocesanas de Valladolid / Apartado 2.º, 2.

Zaragoza

Fundación Ramón Rey Ardid / Apartado 2.º, 2.

Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Aragón «Juan Lanuza» / Apartado 2.º, 3 y 4.

Federación de Asociaciones Gitanas de Aragón (FAGA) / Apartado 2.º, 4.

Centro Santa Magdalena Sofía / Apartado 2.º, 2.

Disminuidos Físicos de Aragón / Apartado 2.º, 2 y 4.

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