De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 3.º de la Orden del Ministerio de Defensa número 54/1982, de 16 de marzo, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), en el recurso número 1227/1995, interpuesto por don Francisco Rasgado Suárez, sobre diferencias retributivas. Ley 35/1980.
Madrid, 24 de enero de 1997.-P. D., el Director general de Personal, José Antonio Cervera Madrigal.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Costes de Personal y Pensiones Militares. Unidad de Gestión de Mutilados.
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