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Documento BOE-A-1997-2994

Resolución de 15 de enero de 1997, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrícolas, por la que se resuelve la homologación de la estructura de protección, marca «New Holland», modelo 35/L/A, tipo bastidor de dos postes atrasado abatible, válida para los tractores marca «New Holland», modelo L 95 DT, versión 4RM, y siete más que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1997, páginas 4443 a 4444 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-2994

TEXTO ORIGINAL

A solicitud de «New Holland España, Sociedad Anónima», y superados los ensayos y verificaciones especificados en la Orden de este Ministerio de 27 de julio de 1979, por la que se establece el equipamiento de los tractores agrícolas y forestales con bastidores o cabinas de protección para casos de vuelco.

1. Esta Dirección General resuelve ampliar la homologación de la estructura de protección, marca «New Holland», modelo 35/L/A, tipo bastidor de dos postes atrasado abatible, y hace pública su validez para los tractores:

Marca: «New Holland». Modelo: L 95 DT. Versión: 4RM.

Marca: «New Holland». Modelo: L 95. Versión: 2RM.

Marca: «New Holland». Modelo: L 85 DT. Versión: 4RM.

Marca: «New Holland». Modelo: L 85. Versión: 2RM.

Marca: «New Holland». Modelo: L 75 DT. Versión: 4RM.

Marca: «New Holland». Modelo: L 75. Versión: 2RM.

Marca: «New Holland». Modelo: L 65 DT. Versión: 4RM.

Marca: «New Holland». Modelo: L 65. Versión: 2RM.

2. El número de homologación asignado a la estructura es EP1/9603.a(28).

3. Las pruebas de resistencia han sido realizadas, según el Código III OCDE, método dinámico, por la Estación de Ensayos del R. C. B., Horsens (Dinamarca), y las verificaciones preceptivas, por la Estación de Mecánica Agrícola.

4. Cualquier modificación de las características de la estructura en cuestión o de aquellas de los tractores citados que influyesen en los ensayos, así como cualquier ampliación del ámbito de validez de la presente homologación para otros tractores, sólo podrá realizarse con sujeción a lo preceptuado al respecto en la Orden mencionada.

Madrid, 15 de enero de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez.

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