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Documento BOE-A-1997-3019

Acuerdo de 29 de enero de 1997, de la Junta Electoral Central, por el que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con fecha 29 de noviembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo electoral número 1/1.450/1996, interpuesto por don Santiago González Salgado, contra Acuerdo de la Junta Electoral Central de 27 de septiembre de 1996 de expedición de credencial de Concejal del Ayuntamiento de Lobeira (Orense).

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 1997, páginas 4453 a 4453 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Junta Electoral Central
Referencia:
BOE-A-1997-3019

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado sentencia con fecha 29 de noviembre de 1996 en el recurso contencioso-administrativo electoral número 1/1.450/1996, interpuesto por don Santiago González Salgado, contra acuerdo de la Junta Electoral Central de 27 de septiembre de 1996 de expedición de credencial de Concejal del Ayuntamiento de Lobeira (Orense).

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo electoral deducido por don Santiago González Salgado contra acuerdo de la Junta Electoral Central de 27 de septiembre de 1996, sobre expedición de credencial de Concejal del Ayuntamiento de Lobeira a favor del candidato siguiente al aquí recurrente, al considerar irrevocable la renuncia al cargo formulada por éste; sin hacer pronunciamiento respecto al pago de las costas devengadas en la sustanciación del procedimiento.»

En su virtud, esta Junta Electoral Central, en su reunión del día de la fecha, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; 115.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 1997.-El Presidente, Francisco Soto Nieto.

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