En el recurso contencioso-administrativo número 403-94-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Destilerías y Crianza del Whisky, Sociedad Anónima», contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de octubre de 1993, se ha dictado, con fecha 5 de marzo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo formulado por el Procurador de los Tribunales don Javier Ungría López, en nombre y representación de «Destilerías y Crianza del Whisky, Sociedad Anónima», contra la resolución de fecha 5 de octubre de 1993, dictada por la Oficina Española de Patentes y Marcas, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a Derecho; sin hacer mención especial en cuanto a las costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de noviembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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