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Documento BOE-A-1997-3961

Resolución de 4 de febrero de 1997, de la Dirección General de Trabajo y Migraciones, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del texto de la revisión salarial para el año 1996 del Convenio Colectivo del personal laboral del Ministerio de Industria y Energía (MINER).

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 1997, páginas 6220 a 6221 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-3961
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1997/02/04/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para el año 1996 del Convenio Colectivo del personal laboral del Ministerio de Industria y Energía (MINER) (código de Convenio número 9003592), que fue suscrito con fecha 13 de enero de 1997, de una parte, por miembros del Comité de Empresa, en representación del colectivo laboral afectado, y, de otra, por representantes del citado Ministerio de Industria y Energía en representación de la Administración, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1995, prorrogados para 1996 por el Real Decretoley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre Medidas Urgentes en Materia Presupuestaria, Tributaria y Financiera («Boletín Oficial del Estado» del 30), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial de Convenio Colectivo, en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1995, prorrogados para 1996, por el Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 30), en la ejecución de dicha revisión salarial.

Segundo.-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de febrero de 1997.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Tabla salarial año 1996

Salario base

mensual (1)

-

Pesetas / Trienios

mensual (1)

-

Pesetas / Plus convenio

mensual (2)

-

Pesetas / Total mensual

(sin trienios)

-

Pesetas / Nivel

1 / 146.653 / 3.002 / 71.115 / 217.768

2 / 129.731 / 3.002 / 64.609 / 194.340

3 / 122.776 / 3.002 / 55.114 / 177.890

4 / 117.063 / 3.002 / 49.404 / 166.467

5 / 110.598 / 3.002 / 42.357 / 152.955

6 / 105.337 / 3.002 / 39.201 / 144.538

7 / 98.330 / 3.002 / 25.278 / 123.608

8 / 82.992 / 3.002 / 19.050 / 102.042

8 1/2 / 41.496 / 1.501 / 10.795 / 52.291

Complemento de especial responsabilidad

Importe

mensual

-

Pesetas / Importe

anual (2)

-

Pesetas / / Número

de puestos

1. Jefe de Desarrollo de Aplicaciones / 1 / 57.406 / 688.872

2. Jefe de Producción / 3 / 43.055 / 516.660

3. Jefe de Sistemas / 1 / 43.055 / 516.660

4. Responsable de Aplicaciones Cientí fico-Técnicas / 2 / 42.049 / 504.588

5. Responsable de Bases de Datos Departamentales / 2 / 35.627 / 427.524

6. Administrador de Sistemas Departa mentales / 2 / 35.627 / 427.524

7. Responsable de Planificación / 3 / 25.258 / 303.096

8. Jefe de Gabinete Médico / 1 / 64.671 / 776.052

9. Complemento específico:

Categoría A / 4 / 32.354 / 388.248

Categoría B / 6 / 25.885 / 310.620

(1) 14 mensualidades.

(2) 12 mensualidades.

Plus residencia Ceuta y Melilla: 25 por 100 s/salario base, 12 mensualidades.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/02/1997
  • Fecha de publicación: 24/02/1997
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • CITA:
Materias
  • Convenios colectivos
  • Ministerio de Industria y Energía

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