A tenor de lo establecido en el artículo 3.4 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el sistema arbitral de consumo y desarrolla el artículo 31 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, dispongo el cese como Presidente titular de la Junta Arbitral Nacional de Consumo de don Gregorio Peces-Barba Martínez, a petición propia, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 12 de febrero de 1997.-El Presidente, Enrique Castellón Leal.
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