En el recurso contencioso-administrativo número 1.057/1994, seguido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a instancia de doña María Luisa Díaz García, contra resolución desestimatoria sobre reconocimiento y abono de todos los trienios devengados en la función pública con arreglo a la cantidad vigente para el Cuerpo de su actual pertenencia, ha recaído sentencia de fecha 21 de febrero de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña María Luisa Díaz García, contra la resolución de no valoración de trienios en la cuantía correspondiente al grupo al que actualmente pertenece la funcionaria, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a derecho; sin imposición de las costas del proceso.»
En virtud de lo que antecede, esta Subsecretaría ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia.
Lo que digo a V. S. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 4 de febrero de 1997.-P. D., el Director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
Sr. Director general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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