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Documento BOE-A-1997-4232

Orden de 4 de febrero de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el recurso contencioso-administrativo número 1.065/1994, interpuesto por «Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 1997, páginas 6714 a 6715 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-4232

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.065/1994, interpuesto por «Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima», contra Orden de 15 de febrero de 1994, desestimatoria del recurso del alzada formulado contra las Resoluciones de la Dirección Provincial del Departamento en Valencia de 15 y 16 de diciembre de 1993, sobre reversión de terrenos expropiados para la ejecución de la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto, se ha dictado con fecha 17 de septiembre de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima", contra la Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 15 de febrero de 1994, por la que se desestiman diversos recursos de alzada interpuestos contra las Resoluciones de la Dirección Provincial del citado Departamento en Valencia de 15 y 16 de diciembre de 1993, sobre reversión de terrenos expropiados para la IV Planta Siderúrgica Integral de Sagunto (expedientes números 1687-b, 722, 1291, 1342, 1382 y 205), en cuanto desestima la petición de "Altos Hornos del Mediterráneo, Sociedad Anónima" de denegar la reversión solicitada. Confirmar los actos recurridos. No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas. Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará testimonio literal a los autos principales, juzgando lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios término la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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