Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 4 de noviembre de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 359/1996, promovido por don Jesús Prats del Campo, sobre reintegro de cantidad percibida en concepto de traslado de residencia; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que con estimación parcial del recurso interpuesto por don Jesús Prats del Campo, debemos anular y anulamos en parte los actos recurridos tan sólo en lo que se quieren al reintegro de las cantidades que se devengan por dietas del grupo familiar, que se excluyen, quedando subsistente el acto, sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 4 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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