En virtud de lo previsto en el apartado 3.2.2 de la Orden de 11 de junio de 1986, que regula el procedimiento para el cálculo del importe de cada cupón a devengar por la emisión de 30 de julio de 1986, de Obligaciones del Estado, con intereses ajustables,
Esta Dirección General hace público:
1. La media ponderada del interés nominal anual pagadero por semestres vencidos de las emisiones negociables de Deuda del Estado, interior y amortizable, realizadas durante 1996 con vencimiento a más de dieciocho meses y hasta cinco años, y que se detallan a continuación, ha sido el 8,140 por 100:
Interés nominal
anual pagadero
por semestres
vencidos
-
Porcentaje / Nominal
-
Millones
de pesetas / Emisión
15 de diciembre de 1995, de Bonos del Estado, al 9,40 por 100 * / 873.225,85 / 9,189
(Se excluye el primer tramo, emitido en 1995.)
15 de marzo de 1996, de Bonos del Estado, al 8,40 por 100 * / 677.465,81 / 8,231
(Se excluyen los tramos primero y segundo, al tener el vencimiento a más de cinco años desde su emisión.)
17 de junio de 1996, de Bonos del Estado, al 7,80 por 100 * / 772.734,50 / 7,654
15 de noviembre de 1996, de Bonos del Estado, al 6,75 por 100 * / 400.543,23 / 6,640
* Tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas. El tipo nominal de interés anual pagadero por semestres vencidos equivalente se ha calculado utilizando la siguiente fórmula:
(1 + i/200) = 1 + i/100
donde i es el tipo de interés nominal pagadero por anualidades vencidas e i es el tipo de interés nominal anual pagadero por semestres vencidos equivalente a i, expresados ambos en tanto por ciento.
2. En consecuencia, el cupón bruto que devengarán el próximo día 30 de julio de 1997 las Obligaciones del Estado, con intereses ajustables, emisión de 30 de julio de 1986, será del 4,05 por 100.
Madrid, 7 de enero de 1997.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
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