La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 19 de noviembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/205/95, en el que son partes, de una, como demandante, don Antonio Francisco Vázquez López, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública, de fecha 16 de noviembre de 1994, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero.-Desestimar el presente recurso contencioso-administrativo número 3/205/95, interpuesto por don Antonio Francisco Vázquez López contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 16 de noviembre de 1994, por la que se denegó la compatibilidad entre la actividad en el sector público de Psicólogo del Centro Penitenciario de Madrid en relación con la privada de Liquidador de la Mutualidad de Funcionarios de Prisiones, y confirmar la citada resolución administrativa impugnada íntegramente por ser conforme a Derecho.
Segundo.-No ha lugar a una expresa declaración de condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 12 de febrero de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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