La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia el 12 de noviembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 879/1995, interpuesto por doña María del Carmen Comas Pujalras, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 27 de diciembre de 1994, que desestimó su solicitud de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que actualmente pertenece.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:
«Desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo, por hallarse ajustada a derecho la resolución administrativa a que se contrae la litis; sin hacer especial condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Madrid, 6 de febrero de 1997.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.
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