Advertidos errores en el texto de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 4, de fecha 4 de enero de 1997, se transcriben las siguientes rectificaciones:
Página 253, apartado 2.º Uno:
Donde dice: «Vicedirector B 37.342 - -»;
«Jefe de Estudios B 37342 23297»;
«Secretario B 37.342 23.197»;
«Secretario E 23.195 12.855»;
Debe decir: «Vicedirector B 37.343 - -»;
«Jefe de Estudios B 37343 23195»;
«Secretario B 37.343 23.195»;
«Secretario E - - 12.855».
Página 254, apartado 2.º Dos, primer párrafo:
Donde dice: «Asesor de Form. Perm. en Centr. de Profes., y de Form. Innovac. y Des. de la F. Prof.».
Debe decir: «Asesor de Formación Permanente en Centros de Profesores, de Recursos, y de Formación, Innovación y Desarrollo de la Formación Profesional».
Página 254, apartado 2.º Dos en centros de Educación Permanente de Adultos:
Donde dice: «Director, los mismos importes que para este cargo tienen reconocidos los Cent. de Educ. Inf., Prim., Espec. y asimilados 9.046».
Debe decir: «Los mismos cargos y los mismos importes que para estos cargos tienen reconocidos los centros de Educación Infantil, Primaria, Especial y asimilados - -».
Página 255, apartado 2.º Dos en colegios rurales agrupados:
Donde dice: «Director, los mismos importes que para este cargo tienen reconocidos los Cent. de Educ. Inf., Prim., Espec. y asimilados 34.364».
Debe decir: «Los mismos cargos y los mismos importes que para estos cargos tienen reconocidos los Cent. de Educ. Inf., Prim., y asimilados - -».
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