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Documento BOE-A-1997-5117

Resolución de 31 de enero de 1997, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 3.308/1994, interpuesto por doña Ana Herrera Vílchez.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 1997, páginas 7730 a 7730 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-5117

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia el 21 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3.308/1994, interpuesto por doña Ana Herrera Vílchez, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 3 de febrero de 1994, que desestimó su solicitud de abono de todos los trienios perfeccionados en la cuantía del grupo al que pertenece.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que, desestimando el presente recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de 3 de febrero de 1994 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria del Ministerio de Economía y Hacienda de no valoración de trienios en la cuantía correspondiente al grupo al que actualmente pertenece la funcionaria, de que se hace mención en el encabezamiento, debemos declarar y declaramos que dicha Resolución es conforme a derecho; sin imposición de las costas del proceso.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 31 de enero de 1997.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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