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Documento BOE-A-1997-539

Resolución de 20 de diciembre de 1996, de la Dirección General de Enseñanza Superior, por la que se renuevan las becas de la Programación Nacional de Formación del Personal Investigador y del Programa Sectorial de Formación de Profesorado y Personal Investigador de las Convocatorias de 1993, 1994 y 1995.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 1997, páginas 786 a 843 (58 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-539

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 28 de octubre de 1996, del Secretario de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, Presidente de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología, se convocaban becas de formación en el marco del Programa Nacional de Formación de Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y en el del Programa Sectorial de Formación de Profesorado y Personal Investigador en España.

De acuerdo con el mandato de coordinación y armonización de programas nacionales y sectoriales establecido en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica («Boletín Oficial del Estado» del 18), la Dirección General de Enseñanza Superior tiene atribuida, por la citada Resolución de 28 de octubre de 1996, la gestión de ambos programas y delegadas las competencias de instrucción y resolución de adjudicación.

En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto:

1. Vistos los informes de los interesados y de los organismos de investigación receptores de los becarios, renovar por un año, a partir del 1 de enero de 1997 las becas de las convocatorias de 12 de noviembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 16), 15 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 23) y 17 de noviembre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre), de los Programas Nacional y Sectorial que se relacionan en los anexos I, II y III, excepto las de aquellos becarios cuya renovación finalizará en la fecha indicada en dichos anexos.

Los becarios de la convocatoria de 1992 que, excepcionalmente y por causas de fuerza mayor, figuran renovados finalizarán su beca en las fechas señaladas en los anexos correspondientes.

2. Todos los becarios renovados por esta Resolución pasarán a regirse por las normas expresadas en la citada Resolución de 28 de octubre de 1996 del Secretario de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, Presidente de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre).

3. Los becarios que deseen extender el seguro médico al cónyuge e hijos, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Enseñanza Superior (Servicio de Formación de Investigadores y Especialistas, calle Serrano, número 150, 28071 Madrid) en el término de quince días, a contar del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», acreditando, mediante certificación expedida por la Seguridad Social, su no inclusión en la misma.

4. Las decisiones de carácter científico adoptadas por las Comisiones Nacionales de Selección serán irrecurribles.

5. El gasto resultante será imputado al crédito 18-08-541A-781.

En todo caso, las decisiones administrativas que se deriven de esta Resolución podrán ser recurridas por los interesados en los casos y formas previstos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que pongo en conocimiento de V. I. a los efectos oportunos.

Madrid, 20 de diciembre de 1996.-El Director general, Alfonso Fernández-Miranda Campoamor.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Formación y Promoción del Conocimiento.

(ANEXOS OMITIDOS)

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