El Real Decreto 388/1992, de 15 de abril, regula la supervisión de los libros de texto y otros materiales curriculares para las enseñanzas de régimen general, así como su uso en los centros docentes. Dicho Real Decreto establece como objeto de supervisión los proyectos editoriales y define los requisitos que han de reunir para su aprobación.
El desarrollo de este Real Decreto, la Orden de 2 de junio de 1992, concreta la documentación que las empresas editoriales deben presentar para solicitar la supervisión de los correspondientes proyectos editoriales y precisa los términos en que se debe reflejar la autorización de uso en los libros de texto y materiales curriculares resultantes de los proyectos editoriales aprobados.
De conformidad con las mencionadas normas, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Queda autorizado el proyecto «Correbit» de la editorial Casals, para el segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil, así como el uso, en los centros docentes, de los materiales curriculares que corresponden.
Segundo.-Los libros de texto y materiales curriculares que resultan del proyecto editorial mencionado deberán reflejar esta autorización en los términos establecidos en la citada Orden, de 2 de junio de 1992.
Madrid, 9 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2, modificada por Orden de 17 de junio de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 19), el Director general de Centros Educativos, Francisco López Pupérez.
Sr. Subdirector general de Ordenación Académica.
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