En uso de las atribuciones que me confieren los artículos 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el 74.3 de la Ley General Presupuestaria, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, así como el artículo 16.1 de la Orden de 12 de agosto de 1982, por la que se aprueban los Estatutos de la Universidad Internacional «Menéndez Pelayo»,
Este Rectorado ha resuelto:
Primero.-Delegar en el Vicerrector de Asuntos Económicos las siguientes facultades:
a) Disponer de gastos, celebrar y firmar contratos que no excedan de 5.000.000 de pesetas.
b) Ordenar pagos que no excedan de 5.000.000 de pesetas.
Segundo.-Sin perjuicio de lo determinado en los apartados anteriores, se delega en el Gerente las siguientes competencias:
a) Disponer de gastos, celebrar y firmar contratos que no excedan de 2.000.000 de pesetas.
b) Ordenar pagos que no excedan de 2.000.000 de pesetas.
Tercero.-Delegar en los Directores de las Sedes, dentro de su ámbito territorial, la aprobación de gastos y ordenación de pagos tramitados a través del sistema de anticipo de Caja Fija y Pagos a Justificar.
Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de enero de 1997.-El Rector, José Luis García.
Excmo. Sr. Vicerrector de Asuntos Económicos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid