La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 20 de diciembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/477/1995, en el que son partes, de una, como demandante don José María González Álvarez, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 23 de febrero de 1995, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero.-Debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José María González, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 23 de febrero de 1995, reseñada en el Fundamento de Derecho Sexto y la confirmamos íntegramente por ser conforme con el ordenamiento jurídico.
Segundo.-No se hace una expresa declaración en condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 5 de marzo de 1997.-El Secretario general técnico (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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