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Documento BOE-A-1997-610

Resolución de 13 de diciembre de 1996, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el recurso contencioso-administrativo número 1180/1994, interpuesto por doña María Jesús Molina Juárez.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1997, páginas 921 a 921 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-610

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, ha dictado sentencia el 14 de octubre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 1.180/94, interpuesto por doña María Jesús Molina Juárez, contra Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 21 de enero de 1994, que desestimó el recurso de alzada planteado por la interesada contra la Resolución del Director del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Tributaria, de 2 de agosto de 1993, que desestimó la reclamación formulada frente a otra de 30 de noviembre de 1992, que le denegó la «ayuda para la vivienda 1992".

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Desestimar el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a la Resolución de 21 de enero de 1994, del Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto frente a la Resolución de 2 de agosto de 1993, del Director del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, desestimatoria de la reclamación formulada frente a la Resolución de 30 de noviembre de 1992, que denegó la "ayuda para la vivienda de 1992", por ser las Resoluciones impugnadas conformes al ordenamiento jurídico. Sin costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 13 de diciembre de 1996.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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