El Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de febrero de 1997, adoptó el siguiente Acuerdo:
«En el recurso contencioso-administrativo número 6999/1992, interpuesto por la representación legal de Anpe, Sindicato Independiente, contra el Real Decreto 294/1992, de 27 de marzo, por el que se regula la creación y funcionamiento de los centros de profesores, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) del Tribunal Supremo, con fecha 27 de septiembre de 1996, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso interpuesto por la representación procesal de Anpe, Sindicato Independiente, contra el Real Decreto 294/1992, de 27 de marzo, que declaramos conforme a Derecho en cuanto a los extremos examinados en el presente recurso, sin hacer una expresa imposición en costas."
El Consejo de Ministros ha dispuesto conforme a lo prevenido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.»
Esta Secretaría General Técnica ha resuelto dar publicidad al citado Acuerdo para general conocimiento.
Madrid, 25 de febrero de 1997.-El Secretario general técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
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