Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-6237

Resolución de 3 de marzo de 1997, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por la que se hace público el acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, por el que se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute delos incentivos regionales, concedidos en el expediente BU/0203/P07.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 1997, páginas 9503 a 9503 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-6237

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 6 de febrero de 1997, adoptó un acuerdo, por el que se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales en la Zona de Promoción Económica de Castilla y León otorgados a la empresa «Nicolás Correa, Sociedad Anónima», a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda;

Considerando la naturaleza y características de dicho acuerdo, esta Secretaría de Estado, por la presente Resolución, tiene a bien disponer:

Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al texto íntegro del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 6 de febrero de 1997, por el que se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales en la Zona de Promoción Económica de Castilla y León otorgados en el expediente BU/0203/P07, a la empresa «Nicolás Correa, Sociedad Anónima». Dicho texto se incluye como anexo a esta Resolución.

Madrid, 3 de marzo de 1997.-El Secretario de Estado, José Folgado Blanco.

ANEXO

Texto del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos

El Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por los Reales Decretos 302/1993, de 26 de febrero, y 2315/1993, de 29 de diciembre, para los casos de incumplimientos de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos en las zonas promocionables, delimitadas al amparo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, eleva a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos la siguiente propuesta de acuerdo:

Examinado el expediente BU/0203/P07, de concesión de incentivos regionales en la Zona de Promoción Económica de Castilla y León, del que es titular la empresa «Nicolás Correa, Sociedad Anónima», a los efectos de verificar si ha cumplido las condiciones establecidas para el disfrute de dichos incentivos, de conformidad con el artículo 34.1.b) del Real Decreto 1535/1987, modificado por Real Decreto 302/1993;

Resultado que los incentivos fueron otorgados por acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 4 de octubre de 1990 y notificados el 22 de octubre de 1990, por medio de resolución individual, que establecía las condiciones específicas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados incentivos, resolución individual que fue aceptada por la empresa el 27 de noviembre de 1990;

Resultado que la Comunidad Autónoma de Castilla y León informó el 26 de febrero de 1996 que la referida empresa no acreditó el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, la realización de la totalidad de la inversión comprometida, ni la creación y mantenimiento del empleo, dentro de los plazos otorgados para tal fin, así como tampoco justificaron, al finalizar el plazo de vigencia, la disponibilidad del capital suscrito y desembolsado exigido, y por ello se instruyó el oportuno expediente de incumplimiento;

Vistos la Ley 50/1985, de 27 de diciembre; el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por los Reales Decretos 302/1993, de 26 de febrero, y 2315/1993, de 29 de diciembre; el Real Decreto 570/1988, de 3 de junio; el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria; la Orden de 23 de mayo de 1994; la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y demás disposiciones de aplicación, así como el informe de la Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria;

Considerando que en la instrucción del expediente se han observado todas las formalidades legales, habiéndose concedido a la empresa afectada los plazos preceptivos para los trámites de presentación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en el artículo 35 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, modificado por el Real Decreto 302/1993, de 26 de febrero, y en el apartado 8 de la Orden de 23 de mayo de 1994;

Considerando que la empresa no ha percibido cantidad alguna en concepto de subvención;

Considerando que de las actuaciones resulta probado, y así procede que se declare, que la empresa titular de este expediente no ha acreditado haber cumplido todas las obligaciones que contrajo en la aceptación de las condiciones de los incentivos, habiendo rebasado los plazos otorgados para ello.

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, resuelve:

Declarar el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos regionales en la Zona de Promoción Económica de Castilla y León concedidos a la empresa «Nicolás Correa, Sociedad Anónima», en el expediente BU/0203/P07 de la zona de Promoción Económica de Castilla y León, con la consiguiente pérdida total de los incentivos concedidos.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados, previa la comunicación preceptiva al Ministerio de Economía y Hacienda, podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al que reciba la notificación del mismo, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid