Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-6255

Resolución de 5 de marzo de 1997, de la Universidad de Alcalá de Henares, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso promovido por doña Amelia Hernández García y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 1997, páginas 9535 a 9535 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-6255

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 105.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia núme ro 1.353 de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 6 de noviembre de 1996, que es firme, recaída en el recurso número 942/1994, interpuesto por doña Amelia Hernández García, doña Luisa Marina Alegre, doña Cristina González Martín, don Manuel Guzmán Navarro, don José Medina Doctor, doña Rosa Vicente Lapuente, doña Ana Díaz Lanza, don Luis García Navío, doña Luisa Izquierdo Ceinos, doña Cristina Moral Turiel, doña María José Criado del Pozo, doña Inmaculada Penades Martínez y doña María Ángeles Díaz Muñoz, contra la Resolución de la Universidad de Alcalá, de 17 de marzo de 1994, que rechazó la petición de los actores encaminada al abono del complemento específico por méritos docentes con efectos de 1 de abril de 1989; siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que rechazando las causas de inadmisibilidad alegadas por la Universidad demandada y estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada señora Martínez López, en representación de doña Amelia Hernández García, doña Luisa Marina Alegre, doña Cristina González Martín, don Manuel Guzmán Navarro, don José Medina Doctor, doña Rosa Vicente Lapuente, doña Ana Díaz Lanza, don Luis García Navío, doña Luisa Izquierdo Ceinos, doña Cristina Moral Turiel, doña María, Ángeles Díaz Muñoz, contra la Resolución del Rector de la Universidad de Alcalá de Henares, de fecha 17 de marzo de 1994, que rechaza la petición de los actores encaminada al abono del complemento específico por méritos docentes con efectos de 1 de abril de 1989, debemos declarar y declaramos la mencionada Resolución disconforme con el ordenamiento jurídico, anulándola.

En consecuencia, declaramos que los efectos económicos del componente del complemento específico por méritos docentes reconocidos a los actores comenzarán a partir del 1 de abril de 1989, condenando a la Universidad de Alcalá de Henares a estar y pasar por esta declaración, y al abono a los recurrentes de dicho complemento desde la fecha indicada, cuya cuantía se determinará en ejecución de sentencia, tomando como base los importes legales y reglamentariamente establecidos para tal retribución durante los períodos objeto de reclamación, y debiendo estarse, en cuanto a la petición de intereses, a lo establecido en el artículo 45 de la Ley General Presupuestaria.»

En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con las competencias que le confieren los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.

Alcalá de Henares, 5 de marzo de 1997.-El Rector, Manuel Gala Muñoz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid