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Documento BOE-A-1997-6418

Resolución de 20 de febrero de 1997, del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España, del Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de Aragón y el Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena para el desarrollo y aplicación de un Programa de Excelencia Turística en la zona piloto del Valle de Tena en el marco del Plan Futures II.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 1997, páginas 10031 a 10033 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-6418

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio de colaboración entre el Instituto de Turismo de España, del Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de Aragón y el Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena para el desarrollo y aplicación de un Programa de Excelencia Turística en la zona piloto del Valle de Tena en el marco de Plan Futures II.

Madrid, 20 de febrero de 1997.-El Presidente, José Manuel Fernández Norniella.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE TURISMO DE ESPAÑA, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FOMENTO DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN Y EL CONSORCIO PARA EL DESARROLLO DEL VALLE DE TENA PARA EL DESARROLLO Y APLICACIÓN DE UN PROGRAMA DE EXCELENCIA TURÍSTICA EN LA ZONA PILOTO DEL VALLE DE TENA EN EL MARCO DEL PLAN FUTURES II

En Panticosa a 16 de diciembre de 1996.

REUNIDOS

El excelentísimo señor don José Manuel Fernández Norniella, Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa y Presidente del Instituto de Turismo de España, del Ministerio de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Real Decreto 781/1996, de 7 de mayo, y con la disposición adicional única del Real Decreto 765/1996, de 7 de mayo, en el ejercicio de las competencias conferidas por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, por el que se delega la competencia para la celebración de convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas;

El excelentísimo señor don Rafael Zapatero González, Consejero de Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de Aragón, en virtud de las facultades otorgadas por acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 11 de diciembre de 1996;

Y el excelentísimo señor don Luis Guillén Calvo, Alcalde del Ayuntamiento de Panticosa y Presidente del Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena, en nombre y representación de los organismos e instituciones señalados, teniendo capacidad legal para contratar y obligarse y de mutuo acuerdo

EXPONEN

Primero.-Que el Instituto de Turismo de España, en colaboración con las Comunidades Autónomas, ha definido y puesto en marcha el Plan Futures II para el período 1996-1999, como continuación del Plan Futures ya finalizado, que persigue distintos objetivos sociales, económicos y medioambientales tendentes a conseguir la mejora de la competitividad del sector turístico español.

Segundo.-Que dentro de dicho plan se incluye un programa específico para el desarrollo de Planes de Excelencia Turística que tienen como objetivo la mejora de la calidad de los destinos turísticos.

Tercero.-Que la Diputación General de Aragón -Departamento de Economía, Hacienda y Fomento-, ha desarrollado en el ejercicio de sus competencias diferentes actuaciones con la finalidad de mejorar la condición turística de la Comunidad Autónoma de Aragón, promoviendo a tal fin planes, programas y normas para la modernización y adecuación de la industria turística a las necesidades actuales y futuras, en especial en las áreas de montaña y en las estaciones de esquí aragonesas.

Cuarto.-Que la Dirección General de Turismo de la Diputación General de Aragón considera de máxima prioridad la puesta en marcha de un Plan de Excelencia Turística en el Valle de Tena, en el marco del Plan Futures II, de aplicación en el período 1996-1999.

Quinto.-Que los Ayuntamientos y empresarios turísticos del Valle de Tena han constituido una asociación voluntaria, sin ánimo de lucro, bajo el nombre de Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena, para potenciar el desarrollo turístico de la zona, bajo los principios de respeto y protección al patrimonio cultural y natural, la mejora de la calidad de servicio y de la atención al cliente.

Sexto.-Que, según establece el artículo 5 de los Estatutos del Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena, sus objetivos son los siguientes:

Planificar, gestionar y promocionar el desarrollo turístico de la zona.

Coordinar y ordenar las distintas iniciativas y propuestas en materia de turismo, provenientes del sector público privado.

Actuar como interlocutor del valle frente a las diversas Administraciones Públicas o Privadas respecto a los temas de turismo.

Realizar los estudios necesarios para el correcto desenvolvimiento de un tipo de turismo respetuoso con el entorno económico, cultural y natural del valle, proponiendo cuantas normativas de uso y gestión del patrimonio natural y cultural sean convenientes y apoyando las dinámicas de desarrollo basadas en la potenciación de todos los sectores económicos tradicionales del área.

Colaborar con las iniciativas públicas y privadas en la obtención de los recursos económicos, para la financiación de las actividades o inversiones que se realicen en el sector turístico.

Ejecutar todos los planes, programas y proyectos que se deriven de los anteriores objetivos y en especial, la ejecución y gestión del Plan de Excelencia Turística del Valle de Tena.

Séptimo.-Que el Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena integra a los agentes públicos y empresariales de ámbito local implicados en la gestión y desarrollo turístico del valle. En concreto, sus miembros fundadores son los siguientes:

Ayuntamiento de Sallent de Gállego.

Ayuntamiento de Panticosa.

Ayuntamiento de Hoz de Jaca.

Ayuntamiento de Biescas.

Entidades Locales Menores del Valle de Tena.

Comunidad de Propietarios de la Urbanización Formigal.

Estación de Esquí de Formigal.

Estación de Esquí de Panticosa.

Asociación Turística Valle de Tena.

Asociación de Empresarios de Panticosa.

Asociación de Empresarios de Sallent de Gállego.

Asociación de Empresarios de Biescas.

Octavo.-Que se ha realizado, con el apoyo del Plan Futures, un plan estratégico para el Valle de Tena donde se definen las estrategias de desarrollo turístico para esta zona, así como las actuaciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos en dicho plan estratégico.

Noveno.-Que en las negociaciones previas llevadas a cabo ante la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa, del Ministerio de Economía y Hacienda, se ha llegado a acuerdos para la puesta en marcha de una Plan de Excelencia Turística en el Valle de Tena.

Que la correcta sintonía entre los objetivos de política turística de la Secretaría de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa, de la Diputación General de Aragón y de los agentes públicos y privados del Valle de Tena permite, aconseja y obliga a una actuación coordinada entre los agentes aquí intervinientes con la finalidad de lograr la realización de proyectos y actividades que, por su impacto en la mejora de la calidad turística en la zona, especialmente en el entorno urbano y medioambiental, hagan merecer al Valle de Tena el calificativo de destino de excelencia turística, provocando un efecto de demostración y prestigio para destinos similares en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por ello, las entidades que suscriben este convenio

ACUERDAN

Primero.-Declarar formalmente al Valle de Tena como zona piloto para la aplicación de un Plan de Excelencia Turística a definir y desarrollar por las partes intervinientes, en el marco del convenio de aplicación del Plan Futures II entre el Instituto de Turismo de España y la Diputación General de Aragón -Departamento de Economía, Hacienda y Fomento.

La aplicación del Plan de Excelencia Turística del Valle de Tena se concretará en la realización de actuaciones, tanto públicas como empresariales, en la línea definida por el Plan Futures II y los programas del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de Aragón, y especialmente, en las siguientes áreas:

I. Optimización de la gestión de los recursos naturales y culturales.

II. Fomento de políticas de desestacionalización del destino turístico mediante la creación de nuevos productos.

III. Creación y mejora de la oferta complementaria de ocio, en especial, en lo referente a la potenciación de productos turísticos asociados al patrimonio natural y cultural del valle.

IV. Actuaciones de mejora de la calidad de la oferta e infraestructura turística.

V. Mejora del entorno medioambiental y urbano de los núcleos turísticos del valle.

Segundo.-El Instituto de Turismo de España, la Diputación General de Aragón -Departamento de Economía, Hacienda y Fomento- y el Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena acuerdan poner en marcha las actuaciones para la primera anualidad del Plan de Excelencia Turística del Valle de Tena, que serán definidas en protocolo anexo.

Tercero.-El ámbito territorial para la aplicación del Plan de Excelencia Turística del Valle de Tena será el valle del río Gállego, en el tramo comprendido entre el municipio de Biescas y la frontera francesa. Este área incluye los términos municipales de Sallent de Gállego, Panticosa, Hoz de Jaca y Biescas.

Cuarto.-Para la aplicación del Plan de Excelencia Turística del Valle de Tena y la obtención de su calificación como destino turístico excelente, las entidades firmantes se comprometen respectivamente:

1. Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores procurarán la aplicación, difusión y potenciación del Plan de Excelencia Turística en sus términos municipales. Especialmente, las Administraciones Públicas locales se comprometen a intensificar y aplicar con el mayor rigor sus competencias para mejorar la calidad turística de su municipio:

Priorizando y orientando sus inversiones hacia actuaciones tendentes a la consecución de la excelencia turística.

Velando por el estricto cumplimiento de la normativa urbanística y de ordenación territorial de ámbito municipal o supramunicipal.

Controlando el cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad de los establecimientos.

Cuidando la limpieza y seguridad de los espacios públicos y el correcto funcionamiento de los servicios e infraestructuras públicas.

Las agrupaciones y colectivos empresariales incluidos en el Consorcio para el Desarrollo de Valle de Tena se comprometen a la adopción de iniciativas y proyectos de mejora de sus establecimientos, especialmente en lo relativo a modernización, calidad y excelencia turística que sirvan para mejorar la oferta turística del Valle de Tena, así como procurar y facilitar la incorporación al Consorcio de los empresarios del valle que no estén asociados.

Igualmente, se comprometen a participar en cuantas acciones se deriven directa o indirectamente del Plan de Excelencia Turística, en particular en lo relativo a programas de formación, programas de mejora de la calidad y programas de mejora de los sistemas de información, tanto internos como externos.

2. La Diputación General de Aragón -Departamento de Economía, Hacienda y Fomento- cooperará dentro del ámbito de su propia competencia para conseguir los objetivos que se pretenden apoyando preferentemente las actuaciones que se realicen en el Valle de Tena. En este sentido, además de priorizar el Valle de Tena en los programas gestionados desde este departamento, se compromete a mantener informados al resto de los departamentos de la Diputación General de Aragón sobre la puesta en marcha y el desarrollo del Plan de Excelencia Turística con objeto de facilitar, coordinar y orientar las actuaciones del Gobierno de Aragón en este ámbito territorial.

3. El Ministerio de Economía y Hacienda, a través del Instituto de Turismo de España, declarará al Valle de Tena como zona de excelencia turística una vez alcanzados los objetivos de calidad ambiental y turística que definen la excelencia turística. Una vez alcanzados dichos objetivos, el Instituto de Turismo de España podrá incluir al Valle de Tena en campañas de promoción específicas para las zonas de excelencia turística.

En especial, el Ministerio de Economía y Hacienda, a través del Instituto de Turismo de España, se compromete a procurar la participación del Valle de Tena en programas de formación que tengan como principal objetivo el entrenamiento de recursos humanos en las áreas de protección medioambiental y ordenación urbanística, así como proyectos de investigación y desarrollo.

El Instituto de Turismo de España considerará prioritario al Valle de Tena en la aplicación de su oferta de servicios, en especial en lo relativo a programas de formación, proyectos de investigación y planes de calidad.

Asimismo, el Ministerio de Economía y Hacienda, en el seno de la Comisión Interministerial de Turismo, se compromete a servir de interlocutor frente a otros Ministerios para desarrollar proyectos e iniciativas en el Valle de Tena.

Quinto.-Las actuaciones a ejecutar cada año durante la vigencia del convenio serán acordadas y concretadas a través de la firma de protocolos adicionales anuales.

Sexto.-Las partes firmantes acuerdan encomendar al Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena la gestión y aplicación de este Plan de Excelencia Turística.

Además, se creará una mesa de coordinación con representación de las partes firmantes, cuyo objetivo básico será el impulso, coordinación, seguimiento y desarrollo del plan de ejecución de las actuaciones y proyectos. En especial perseguirá el desarrollo de las actuaciones tendentes a:

Colaborar en la reflexión estratégica, gestora y de apoyo técnico.

Fomentar la calidad de los productos turísticos.

Estimular el desarrollo y modernización de la industria turística.

Promover la ejecución de los proyectos que se incluyan en este Convenio o en los protocolos adicionales en que se desarrolle.

Séptimo.-Para la ejecución del presente Convenio se dotará de recursos económicos por las partes firmantes por una cantidad mínima de 30.000.000 de pesetas anuales durante el período 1996-1999 (ambos inclusive).

La dotación presupuestaria anual se podrá incrementar con la firma del presente Convenio por otras Administraciones.

La aportación presupuestaria de la primera anualidad se distribuirá a partes iguales entre las partes firmantes:

Instituto de Turismo de España: 10.000.000 de pesetas.

Diputación General de Aragón -Departamento de Economía, Hacienda y Fomento: 10.000.000 de pesetas.

Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena: 10.000.000 pesetas.

Los acuerdos que desarrollen el presente Convenio precisarán los términos de las correspondientes aportaciones de fondos, que para los organismos públicos se sujetarán, en todo caso, a las condiciones y requisitos establecidos en la Ley General Presupuestaria de aplicación y derivados de su disponibilidad presupuestaria en cada ejercicio.

Una vez aprobados los planes de actuación anual en que se especifiquen los proyectos concretos a acometer, cada parte firmante velará por poner a disposición del ente gestor los fondos presupuestarios que le correspondan en los plazos establecidos.

Octavo.-La duración de este Convenio se establece por un período de cuatro años, que coincidirá con el de vigencia del Plan Futures II.

Noveno.-Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento de presente Convenio serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

En prueba de conformidad, firman las partes por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados.

El Secretario de Estado de Comercio, Turismo y de la Pequeña y Mediana Empresa y Presidente del Instituto de Turismo de España, José Manuel Fernández Norniella.-El Consejero de Economía, Hacienda y Fomento de la Diputación General de Aragón, Rafael Zapatero González.-El Presidente del Consorcio para el Desarrollo del Valle de Tena, Luis Guillén Calvo.

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