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Documento BOE-A-1997-6714

Resolución de 28 de febrero de 1997, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso contencioso-administrativo número 3.748/1994, interpuesto por doña Ana Cristina Martínez Nicolás.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1997, páginas 10347 a 10347 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-6714

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia el 2 de diciembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3.748/1994, interpuesto por doña Ana Cristina Martínez Nicolás contra la Resolución desestimatoria presunta del recurso de reposición planteado contra la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 21 de mayo de 1992, que resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Dirección General de Gestión Tributaria y que fue convocado por otra de 23 de octubre de 1991.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

«Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Ana Cristina Martínez Nicolás contra la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 21 de mayo de 1992, por la que se resuelve el concurso convocado por Orden de 23 de octubre de 1991, sobre provisión de puestos de trabajo determinados en el ámbito del expresado Departamento, Dirección General de Gestión Tributaria, para funcionarios del grupo B, con exclusiva referencia al puesto de trabajo número 226 de la convocatoria, denominado Jefe de Servicio 2.ª de Gestión Tributaria, Administración de Hacienda de Alcobendas, a cubrir con funcionarios pertenecientes al grupo B, nivel 26 de c. de d., complemento específico de 1.098.948 pesetas, declaramos ajustados a derecho los actos impugnados. Sin costas.»

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Madrid, 28 de febrero de 1997.-El Director general, Jesús Bermejo Ramos.

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